Los siniestros totales

Ayer proporcioné una definición aclaratoria sobre lo que las compañías consideraban valor de nuevo, valor venal y valor venal mejorado. Hoy nos centraremos más en los siniestros, que son la condición para que una aseguradora tenga que cumplir su parte del trato (la prestación del asegurado se hace cuando se abona la prima que le cubre los riesgos por el período contratado). En el caso de que se produzca un siniestro contemplado en la póliza individual de cada cliente (daños propios, si es a todo riesgo; o daños a otros, si es a terceros), la compañía tiene que indemnizar a su cliente por el valor asegurado.

Según escribí en el artículo anterior, un vehículo es declarado por una aseguradora como siniestro total cuando la reparación va a ser más costosa que el valor del automóvil. Como ya expliqué el último día los distintos tipos de valoraciones que realizan las compañías, no tiene sentido que reitere lo que pueden leer en este post. Supongamos que nuestra póliza a todo riesgo contempla que, para coches con más de dos años, la indemnización se fije en función del valor venal. Si la reparación cuesta 9.000 euros y el vehículo está valorado en 5.000 euros, es obvio que el siniestro se considerará total. More →