Oct 1 2013
Libre elección de taller para las revisiones oficiales
Muchos conductores aún ignoran que no tienen por qué llevar su vehículo al concesionario de la marca a fin de realizar las revisiones oficiales del mismo. La ley garantiza al usuario al libre elección del taller incluso cuándo este está en el periodo de garantía. Nos referimos, claro está, a revisiones y reparaciones no incluidas en la garantía y que deben de ser pagadas por el propietario del vehículo.
Los fabricantes tienen la obligación de proporcionar a los profesionales de estos talleres toda la información necesaria para realizar la correcta revisión del vehículo así como de facilitar las piezas y repuestos que puedan necesitar para llevarla a cabo.
De este modo podrás escoger el taller que te merezca más confianza y que te ofrezca una mejor relación entre calidad y precio, siempre y cuándo cumpla todos los requisitos para poder sellar tu libro de garantía. No hacerlo iría en contra de las leyes más elementales de libre competencia y de libertad del usuario para elegir quién le proporcionará un servicio por el que van a tener que abonar un dinero.
Problemas que puede derivar no usar el taller oficial
Cuándo usamos un taller que no sea el oficial debemos de asegurarnos de que conocen bien los requerimientos del fabricante para mantener la garantía y de que el trabajo que realizan va a tener todos los niveles de calidad exigidos. Si el trabajo fuera defectuoso el fabricante podría lavarse las manos y no respetar la garantía del vehículo amparándose en que ha sido manipulado de un modo no apropiado.
Evidentemente siempre hay formas de recurrir esta decisión pero pueden alargarse y dejarnos sin vehículo durante una temporada, dependiendo del tipo de problema que se platee. Por miedo a esta situación son muchos los que siguen prefiriendo acudir al taller de su concesionario.
Cada vez más talleres realizan estas revisiones
Pero lo cierto es que cada vez son más los talleres de prestigio que realizan este tipo de revisiones oficiales con un porcentaje muy bajo de problemas, revisando incluso los dispositivos electrónicos del coche. Una avería electrónica puede ser la causa de que el vehículo se detenga y no se vuelva a poner en marcha, obligándonos a llamar a la grúa para remolcarlo hasta el taller más cercano. Por ese motivo es muy importante asegurarse de que todo funciona como es debido, ya que puede ahorrarnos un posible disgusto.
Jun 15 2016
LA GARANTÍA LEGAL DE UN COCHE NUEVO
Cuando se adquiere un coche nuevo, por ley se establece un plazo genérico de dos años en los que se garantiza una ausencia de defectos dentro de unos límites. Esos límites están establecidos en el Real Decreto Legislativo 1/2007. En este texto se aprueba la “Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios” y tiene como misión regular las condiciones en las que se van a aplicar las garantías de los bienes de consumo entre los que se encuentran los vehículos a motor. En esta norma se establece que la garantía de un automóvil nuevo comienza el día en que se entrega el vehículo y dura 24 meses desde entonces.
Hay que tener en cuenta que el precepto de garantía legal no es fácil de aplicar, estableciéndose unos límites que en ocasiones son fuente de conflictos. En principio, la garantía no cubre las averías o desperfectos causados por negligencia, falta de cuidado, impericia, utilización defectuosa o sobrecarga –incluso pasajera- del vehículo por parte del conductor. Es decir, si un comprador se queda atascado con su coche nuevo en un barrizal y acaba quemando el embrague por someterlo a un esfuerzo impropio al intentar salir, es evidente que la avería no quedará cubierta por la garantía. Aunque con un buen abogado igual consigues algo.
Por otra parte, las marcas se cubren las espaldas y tienen por norma exigir el total y estricto cumplimiento del manual de instrucciones del automóvil, así como del “plan de inspección y mantenimiento” del mismo. En caso de no hacerse así, muy probablemente el fabricante se lavará las manos y no querrá reparar en garantía. Y en este sentido nos podemos encontrar con otro alud de problemas.
Antiguamente se decía que los mantenimientos durante el período de vigencia de la garantía eran obligatorios hacerlos en un Servicio Oficial. Sin embargo esto ha cambiado tras la aprobación de varios reglamentos de la Unión Europea en los que se fijan las bases para aumentar la libre competencia en el sector y establece que un taller independiente pueda realizar labores de mantenimiento durante el tiempo de garantía sin que ésta se pierda. Para ello, los talleres independientes tienen derecho a acceder a la información técnica necesaria para acometer con solvencia las reparaciones. Además, se recalca la libertad de elección de taller siempre que el cliente se haga cargo del pago de la factura, incluso aunque el vehículo se encuentre cubierto bajo la garantía del fabricante. La Comisión Europea ha aclarado que, en caso de que el trabajo realizado por el taller independiente sea defectuoso, el cliente podría perder la garantía.
Enlazando con lo anterior, los fabricantes siempre dejan constancia de que no se harán cargo en garantía de ningún vehículo averiado como consecuencia de una reparación defectuosa, o de la adición de piezas o elementos ajenos al automóvil. Les pondré un ejemplo fácil de entender: si en una tienda de telefonía instalan en un coche nuevo un manos libres conectado al equipo de música de serie, en caso de que el aparato falle no estará cubierto por la garantía.
Por último, quedan también excluidos los fallos producidos por el abuso en el régimen de conducción o por el sometimiento a un esfuerzo impropio como puede ser la participación en competiciones deportivas.
Como podrán observar, hemos dejado para otro artículo la exclusión de la garantía que más discrepancias causa y que en muchas ocasiones suelen terminar con reclamaciones en consumo: las piezas de desgaste.
By Altrade • Derechos del comprador • 11 • Tags: condiciones de garantía, Consejos, Garantía de vehículo nuevo, garantía legal, nuevo, plazo de garantía, vehiculo